
El Gobierno nacional desreguló el reglamento que los comerciantes de armas y municiones deben cumplir, por lo que varias condiciones fueron eliminadas para simplificar su ingreso y/o permanencia en el rubro. La medida fue adoptada como parte del plan de reducción de carga administrativa y burocrática para el Estado y sus ciudadanos.
A través de la publicación de la Resolución 49/2025 en el Boletín Oficial, el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC), Juan Pablo Allan, eliminó varios de los requisitos aplicados a los usuarios comerciales distribuidores mayoristas, usuarios comerciales minoristas, talleres, y fábricas de armas, municiones y repuestos.
De esta manera, resolvieron eliminar la obligatoriedad de contar con la habilitación municipal y/o rehabilitación, y la inscripción y/o reinscripción de instalaciones comerciales e industriales proporcionadas por la ANMaC.
La medida beneficiará a los pequeños comerciantes, entre ellos, los usuarios comerciales distribuidores mayoristas, usuarios comerciales minoristas, talleres de reparación de armas, fábricas de armas y fábricas de armas en forma no continua, es decir, que funcionen bajo modalidad de trabajo artesanal y no superen un máximo de 1.200 unidades producidas por año.
En el artículo 1°, las autoridades incluyeron a las fábricas de materiales de usos especiales, fábricas de repuestos principales de armas, fábricas de municiones, fábricas de componentes de munición y fábricas de elementos de recarga de municiones.
Además, agregaron al listado a los talleres de recarga comercial de municiones, de reparación y armado de materiales de usos especiales -para vehículos blindados-, plantas de destrucción de materiales de usos especiales y depósito de armas y/o municiones.
En línea con esto, el director de la ANMaC extendió el beneficio hacia los usuarios entidades de tiro con instalaciones propias, quienes tampoco precisarán de las habilitaciones municipales e inscripciones del organismo mencionadas previamente.
No obstante, en el 3° artículo aclararon que los tipos de usuarios que serán alcanzados por la desregulación de los requisitos “deberán cumplir con los demás requisitos y condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados conforme lo establece la normativa vigente”.
Asimismo, subrayaron que contar con la inscripción y habilitación de ANMaC no significará que los comerciantes dejarán de cumplir con las normativas instaladas a nivel nacional, provincial y municipal. Sobre todo, aquellas normativas que afectarían al inicio y continuidad de las actividades.
Por otro lado, las autoridades explicaron que esta flexibilización está relacionada con “el desarrollo del plan de desregulación y simplificación del Estado, procediendo a una revisión integral de toda la normativa de la Administración Pública Nacional, con el fin de reducir la carga administrativa y burocrática tanto para el gobierno como para los ciudadanos”.
En este sentido, mencionaron que en todo el país existen dos mil municipios, que cuentan con normas locales propias y requisitos diversos. Por este motivo, consideraron que la pluralidad de reglamentos generaría una carga para los trámites administrativos que deben cumplir los usuarios.